Todo empezó como un noviazgo entre administración y compañías: Tu me traes clientes, yo te paso una subvención "by te face" (es decir sin concurso público)
Durante los primeros años todo fue un cuento de hadas, las estadísticas no hacían otra cosa que subir y subir, llenándose de clientes, plazas, bares (sobre todo), playas y algunos museos (en días de lluvia). Pero llegó la bruja fea (es decir un euribor al alza, la crisis hipotecaria en EE.UU, el final de la vorágine constructora y....) la crisis.
Las Low cost (todo hay que decirlo, algunas de ellas) para intentar rentabilizar las reservas ya que su política de precios les había llevado a una muy baja rentabilidad, empiezan a cobrar por diferentes conceptos, aplicándole a esta nueva modalidad tarifaria una opacidad tendente a despistar al cliente. Se le ofrecen vuelos a 1€, pero los cargos por emisión, cobro por tarjeta, facturación de maletas, etc ponen el precio en un importe que nada tiene que ver con los anuncios en prensa, incumpliendo flagrantemente la legalidad vigente en esta materia.
Para aquellos que creen que las asociaciones profesionales no hacen nada por y para el sector, aquí os dejo una noticia que habla de lo que ACAV (mi asociación) ha realizado en estos últimos días para intentar corregir una actitud que va en contra de los derechos de los consumidores (de los que la administración solo se acuerda cuando hay elecciones, o sea cada 4 años) La Asociación Catalana de Agencias de Viajes (ACAV) ha presentado hoy ante las Direcciones de Consumo de las diferentes Comunidades Autónomas y ante el Instituto Nacional de Consumo una denuncia contra Ryanair por realizar presuntamente prácticas contrarias a la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (artículo 60.2.b) del Real Decreto Legislativo 1/2007. Según la asociación, Ryanair no respeta la reglamentación que obliga a informar sobre los precios finales o los diferentes recargos existentes, lo cual constituye a juicio de la ACAV, una vulneración de la normativa vigente en materia de consumo. ACAV ha hecho llegar a las direcciones de consumo de todas las comunidades autónomas una denuncia en la que pide se realicen las acciones necesarias para evitar estas prácticas irregulares. La ley establece que en toda información al consumidor sobre el precio de los bienes o servicios, incluida la publicidad, se informará del precio final completo, desglosando, en su caso, el importe de los incrementos o descuentos que sean de aplicación, de los gastos que repercutan al consumidor y usuario y de los gastos adicionales por servicios accesorios, financiación y otras condiciones de pago similares. Sin información sobre el precio final completo Concretamente, de acuerdo con ACAV, Ryanair vulnera los preceptos siguientes: no se ofrece desde el primer momento información sobre el precio final completo. Se añaden impuestos y cargos no contemplados. Como ejemplo, la asociación menciona un proceso de reserva de unos billetes de ida y vuelta de Girona a Glasgow que se ofrecía a un precio inicial de tarifa de 45 euros y el precio final completo era en cambio de 114,91 euros, tras diferentes recargos no especificados anteriormente. En segundo lugar, la ACAV se queja de la aplicación de un recargo por equipaje facturado. Según el artículo 2.a) del Reglamento CEE 2409/92 se entiende que las tarifas aéreas ya incluyen tanto el transporte del pasajero como de su equipaje. Por consiguiente, al ser parte de la tarifa, dicho recargo debería estar incluido en la información inicial facilitada por Ryanair sobre el precio de la tarifa y no tener la consideración de un recargo adicional, añade el comunicado de la asociación. En tercer lugar, la ACAV denuncia el cargo por pago con tarjetas de crédito o de débito que no se avisa en la web hasta el paso final para efectuar la reserva. Finalmente, las agencias de viajes consideran que Ryanair da información incorrecta sobre el lugar de salida. Ryanair habla de "Barcelona Girona (Gro)" cuando el lugar de salida real es Girona, que no tiene nada que ver con Barcelona al tratarse de dos provincias claramente diferenciadas y separadas. Según ellas, esta práctica vulnera lo establecido por el artículo 18.2 del Real Decreto Legislativo 1/2007 ya que se presenta el producto con unas características que no le son propias, induciendo así a error a los consumidores.
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Comentario por Prisilla el febrero 7, 2008 a las 9:03am Turismo 2.0 es la Comunidad Online del Sector Turístico. Si eres un profesional del Turismo o los Viajes, Turismo 2.0 es tu sitio.

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