Buenos días a tod@s, un saludo en mi primer post...
Quería discutir con vosotros un tema que me parece especialmente importante, por decirlo de forma irónica... Cobrar...
Todos hemos luchado alguna vez, ante una reclamación, con una entidad de cobro para demostrar que efectivamente, el cliente recibió un servicio, por el cual ha de pagar...
Ahora bien, también tenemos los casos de clientes con mala fe, que de todo hay por el mundo.
Recuerdo la primera vez (no nos equivoquemos, estoy hablando de trabajo...) que un cliente de u.s.a., el día de su salida, con la maleta en la mano me dijo adiós mientras marchaba por la recepción, sin hacer su correspondiente check-out, y yo corriendo detrás de él....
Ahí descubrí el sistema americano de dejar el numero de tarjeta al check in y su autorización para debitar al check out sin pasar por recepción.
La pregunta que quiero haceros es ´si conoceis exactamente el funcionamiento de este sistema, y si sería (o lo es ya) adaptable a la legislación española.
Podríamos asegurarnos así el cobro al chek in?
Muchas gracias a tod@s